viernes, 7 de septiembre de 2012










LIGA DE BÁDMINTON DE BOGOTA


RESOLUCIÓN No. 004 de 2012
“EN CONVENIO CON LA LIGA DE BADMINTON DE CUNDINAMARCA SE DESIGNA AL MUNICIO DE TABIO COMO SEDE
1er. TORNEO DE LA FRATERNIDAD BADMINTONISTA 2012 a realizarse del 15 y 16 de Septiembre de 2012”
LA LIGA DE BADMINTON DE BOGOTA y la LIGA DE BADMINTON DE CUNDINAMARCA, en uso de
sus facultades, estatutarias, legales, y
CONSIDERANDO
Que la Federación Colombiana de Bádminton es el máximo organismo rector de este deporte
Colombia. Que se hace necesaria la realización de eventos que garanticen la permanente competencia
de los semilleros y atletas practicantes del bádminton en el país. Que este evento fue incluido en el
convenio inte-ligas y la Federación Colombiana de Bádminton.
Objetivo General
Reunir a toda la comunidad bádmintonista del departamento de Cundinamarca y el Distrito Capital en
un evento de carácter competitivo donde se fomenten y se fortalezcan los lazos de amistad y
fraternidad entre los deportistas y sus entrenadores.
Objetivos Específicos
• Lograr la participación de por lo menos el 90% del total de atletas pertenecientes a las Ligas de
Bogotá y Cundinamarca.
• Fomentar la participación, competencia y amistad entre todos los integrantes de las Ligas de
Bogotá y Cundinamarca (Atletas, Jueces, Directivos)
• Lograr por medio de resolución convocatoria una participación mínima del 90% del total de los
atletas pertenecientes a las Ligas de Bogotá y Cundinamarca.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO. – Designar como sede del evento a municipio se TABIO Cundinamarca, como
Sede del 1er. TORNEO DE LA FRATERNIDAD BADMINTONISTA 2012 a realizarse del 22 y 23 de
Septiembre de 2012.
ARTICULO SEGUNDO. – inscribirán entrenadores, atletas activos, atletas inactivos, practicantes del
bádminton con y sin experiencia en torneos, padres de familia, profesores de educación Física y demás
personas interesadas en el deporte.
ARTICULO TERCERO. – El valor de inscripción por cada participante es de Diez mil pesos ($10.000)
para categorías sub 17, sub 19 mayores y Máster. De cinco mil pesos ($5000) categorías sub 9, sub
11, sub 13 y sub 15. El valor deberá ser cancelado al Director del evento el día 22 de septiembre.
ARTICULO CUARTO. – Cada participante deberá hacerse responsable por su Transporte al municipio
de TABIO Cundinamarca.
ARTICULO QUINTO. – Sistema de Competición.
Para este evento se jugaran todas las categorías y modalidades avaladas por la Federación
Colombiana de Bádminton, que otorguen medallas por competición y no por participación (Sub 11, 13,
15, 17, 19, Mayores y Máster), el juzgamiento estará dirigido por un juez principal (sin líneas), la fase
final estarán dirigidos por juez principal y 4 líneas.
Los cuadros de competición serán de eliminación directa para el caso de las categorías, 19, Mayores y
Máster, en cada una de sus modalidades.
Las categorías Sub 9, 11, 13, 15 y 17 podrán jugar un cuadro de consolación en sistema de eliminación
directa en cada una de sus modalidades.
ARTICULO SEXTO - Los atletas inscritos pueden participar en dos modalidades (sencillo masculino y
dobles masculino o sencillo femenino y dobles femenino) los atletas inscritos en dobles mixto
únicamente puede participar en esta modalidad.
ARTICULO SEPTIMO. – El proceso de inscripción para el 1er. TORNEO DE LA FRATERNIDAD
BADMINTONISTA 2012, se realizará vía e-mail al correo badmintonbogota@gmail.com, y la fecha
límite para enviar el formato de inscripción totalmente diligenciado, será hasta el día martes 17 de
septiembre de 2012.
ARTICULO OCTAVO. – El inscrito deberá presentar en la mesa de control antes de iniciar el evento los
siguientes documentos de cada deportista inscrito:
• Copia del registro civil de nacimiento, Tarjeta de Identidad o cedula de Ciudadanía
• Copia carnet de EPS y certificado de fosiga
ARTICULO NOVENO. – Se tomara como reglamento de participación y comportamiento el reglamento
expedido por la Federación Mundial de Bádminton
ARTICULO DECIMO. – La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas
las disposiciones que le sean contrarias, contra la presente resolución proceden los recursos que
establece la Ley dentro de los términos que fija la misma.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Tabio, a los veinticinco (25) días del mes de Agosto del año dos mil doce (2012)

Lic. Oscar Alejandro Vera Suarez 
Director Evento
Móvil: 314-4828958

Ricardo Salamanca Benítez
Referee evento
Móvil: 316-4370503

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